Real Decreto 487/2022, de 21 de junio.

Requisitos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

Madrid, Enero 2023.-  La nueva norma entró en vigor el 2 de enero de 2023 y deroga el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio.

El texto incluye mejoras técnicas, nuevas medidas de gestión del riesgo e innovaciones para un mejor control de las instalaciones y equipos susceptibles de ser un foco de Legionella.

El RD 487/2022 de 21 de junio está compuesto de siete capítulos, 20 artículos, dos disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias, una derogatoria, tres disposiciones finales y 10 anexos. Se incluyen, además, ocho UNES que, aunque no eran obligatorias de por sí, ahora sí lo son ya que han quedado embebidas en el nuevo texto.

En cuanto al ámbito de aplicación, se amplían las instalaciones a tratar a toda instalación (fija o móvil) en la que la Legionella es capaz de proliferar y diseminarse (ANEXO I de la nueva norma).

La nueva norma contempla:

  • Mejoras técnicas e innovaciones en la toma de muestras y métodos analíticos.
  • Incorpora el análisis de riesgo como herramienta.
  • Innovaciones necesarias para un mayor control de las instalaciones o equipos susceptibles de ser foco de Legionella: novedades para torres de refrigeración y condensadores evaporativos, novedades en relación con el agua sanitaria, tanto fría como caliente, sobre vasos de piscinas y otras instalaciones
  • Acreditación y formación del personal de prevención de legionelosis.

Novedades:

• Cambio de modelo de evaluación de riesgo. Desaparece la clasificación de instalaciones con mayor o menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella que se utilizaba en el Real Decreto 865/2003 y aparece una lista no exhaustiva que nombra instalaciones de riesgo. Sobre cada una de ellas, hay que hacer una evaluación individualizada del riesgo, dependiendo de dónde se ubique, del tipo que sea, de los mantenimientos que se hagan sobre ella…

• Se ha actualizado el modelo de notificación por parte de titulares de las torres de refrigeración o condensadores evaporativos y se abre la puerta a que otros tipos de instalaciones puedan notificar.

• Mayor énfasis en las responsabilidades respecto al diseño, materiales de los equipos y aparatos de las instalaciones contempladas en el ámbito de aplicación.

• Cambio de los tipos de planes de control. El documento incluye dos tipos de planes de control: un Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL) o un Plan Sanitario frente a Legionella (PSL).

En este punto aparece uno de los temas más controvertidos y confusos ya que no deja claros algunos puntos técnicos en relación con los planes de control: aunque define y estructura muy bien el Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL), basado en la Norma UNE 10030, no establece criterios de implantación para el Plan Sanitario frente a la Legionella (PSL).

• Se actualizan los requisitos en materia de formación del personal del titular de la instalación o de empresas de servicios a terceros que desempeñan su actividad relativa al programa de tratamiento. Aunque se establece la formación del personal de prevención de legionelosis, el texto no es demasiado específico en relación con la definición de los estándares requeridos en cuanto a formación sobre Legionella.

• Añade cambios muy significativos en algunos de los protocolos de Limpieza y Desinfección de las instalaciones. Se apoya en cuatro pilares básicos: eliminar zonas sucias y estancamientos, evitar condiciones de multiplicación, minimizar la emisión de aerosoles y mitigar el riesgo.

“Con carácter general, salvo las indicadas específicamente para cada tipo de instalación, (…) la limpieza y desinfección de las instalaciones se efectuará como mínimo una vez al año y, además:

a) cuando se ponga en marcha la instalación por primera vez,

b) tras una parada superior a un mes (excepto que la autoridad sanitaria determine un periodo diferente),

c) tras una reparación o modificación estructural,

d) cuando una revisión general de la instalación lo aconseje, o

e) cuando así lo determine la autoridad sanitaria.”


En Desinfecciones Unión nos encargamos de realizar el tratamiento necesario para la Prevención y Control de la Legionelosis en todo tipo de sistemas e instalaciones.

Somos expertos en la desinfección y desinsectación. Contamos con Técnicos Aplicadores con el Certificado de Profesionalidad Nivel 2 así como un Responsable Técnico, el cual asume la responsabilidad de la realización del diagnóstico antes de iniciar cualquier tratamiento y diseña el plan de desinfección para que el tratamiento sea eficaz y seguro.

Una vez realizado nuestro trabajo, emitimos el correspondiente certificado según el Anexo X del Real Decreto 487/2022, acompañado por el protocolo de limpieza y desinfección.

Profesionalidad

Técnicos Aplicadores con el Certificado de Profesionalidad Nivel 2

Responsabilidad

Responsable Técnico responsable de la realización del diagnóstico y diseño del plan de desinfección

Experiencia

Experiencia de más de dos décadas como empresa de desinfección y control de plagas en Madrid.

Dirección

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